Fuente: Al Calor Politico/ Javier Salas Hernández

  • Supervisará que licitaciones sean con legalidad, transparencia, imparcialidad y eficiencia
  • Objetivo es evitar corrupción al contratar trabajos de construcción, rehabilitación, entre otros

Para evitar actos de corrupción en las actividades y operaciones en materia de contratación de obra pública (construcción, diseño, conservación, mantenimiento, rehabilitación y ampliación de la infraestructura de la Fiscalía General del Estado), el órgano autónomo emitió el Manual para la Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas.

El Comité vigilará que los procesos licitatorios se hagan con legalidad, transparencia, imparcialidad y eficiencia, prevaleciendo en todo momento el interés del Estado en criterios de economía, calidad y oportunidad.

Con ello se procurará que no ocurran actos de corrupción como los cometidos en la administración del exfiscal panista Jorge Winckler Ortiz, que obligó al Órgano de Fiscalización Superior a interponer una denuncia penal en la Fiscalía General Anticorrupción de la Fiscalía General de la República por un daño patrimonial de 27 millones 851 mil 874.30 pesos.

El ORFIS detectó en la Cuenta Pública 2018 irregularidades en el proceso de adjudicación directa del contrato de obra pública OP07/2017-DGA relativo al “Proyecto Ejecutivo y Construcción de un Centro Integral de Justicia en Cosamaloapan”.

El Comité de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas de la FGE, será Órgano Colegiado integrado por servidores públicos de la Fiscalía y representantes de la iniciativa privada.

Los representantes de la iniciativa privada serán el Consejo Empresarial Metropolitano de Xalapa; Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX, Xalapa); Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC, Veracruz-Centro) y la Cámara Nacional de la Industria de las Artes Gráficas (Delegación Veracruz).

El Comité podrá intervenir en los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles.

El mantenimiento y la restauración de bienes muebles incorporados o adheridos a un inmueble, cuando implique modificación al propio inmueble; mantenimiento, conservación, rehabilitación, reacondicionamiento, operación, reparación y limpieza de equipos e instalaciones destinados a un servicio público, así como de los bienes no considerados en la ley aplicable en materia de adquisiciones, arrendamientos, administración y enajenación de bienes muebles del Estado, entre otros.

También tendrá atribuciones para revisar el programa y el presupuesto de obras públicas y servicios relacionados con Ellas, así como sus modificaciones y formular las observaciones y recomendaciones convenientes.

Para dictaminar y autorizar los proyectos de políticas, bases y lineamientos en la materia que se sometan a su consideración y, en su caso, autorizar los supuestos no previstos; y dictaminar, previo al inicio del procedimiento de contratación, la actualización de alguno de los supuestos de excepción previstos en la Ley.

Así como revisar el programa anual de obras y servicios, antes de su aplicación en los medios de comunicación electrónicos autorizados y en la página de internet de la Fiscalía General, de acuerdo con el presupuesto aprobado para el Ejercicio Fiscal del año que corresponda.