CMIC - Convocatorias SAT Obtención de los Título de Autorización para Prestar sus Servicios


Grupo de Servicios Profesionales

 

Servicio de Administración Tributaria

Administración General de Innovación y Calidad

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA OBTENER TITULOS DE AUTORIZACION
A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16 DE LA LEY ADUANERA
No. SAT. AGIC-002/2006

Con fundamento en los artículos 16 de la Ley Aduanera y 3 transitorio de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, este último publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, 28 fracción L del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2005, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ha decidido autorizar en términos del precepto citado en primer lugar los servicios que más adelante se precisan, por lo cual convoca a las personas morales interesadas en obtener un Título de Autorización para prestar al SAT los servicios que a continuación se describen

Servicios de Infraestructura Técnico Administrativa (SIG):

El SAT requiere servicios integrados, que deberán ser provistos por el prestador de servicios, los cuales consisten en actividades de planeación, organización, dirección y control de proyectos ejecutivos en materia de ingeniería y arquitectura en todas sus fases, para proporcionar la infraestructura adecuada para la operación de las funciones sustantivas del SAT a nivel nacional, debiendo contar con la estructura y el personal calificado, en el aspecto de Gerencia de Proyecto.

REQUISITOS

Los interesados en obtener un Título de Autorización deberán cumplir, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Aduanera con los siguientes requisitos:

I. Tener cinco años de experiencia, prestando los servicios que se vayan a autorizar.

II. Tener un capital social pagado de por lo menos $1’373,988.00 M.N. (actualizado de conformidad con el anexo 2 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2005).

III. Cumplir con los requisitos de procedimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca en la convocatoria que para estos efectos publique en el Diario Oficial de la Federación.

De conformidad con la fracción III del artículo 16 de la Ley Aduanera, se fijan como requisitos de procedimiento que los interesados deben cumplir, el entregar la documentación que se detalla a continuación:

a. Carta en papel membretado de la empresa solicitante, en la cual el apoderado legal manifieste el interés de su representada en obtener el Título de Autorización motivo de esta convocatoria, debiendo indicar el número de convocatoria y el tipo de servicios; así como su domicilio para oír y recibir notificaciones.

b. Copia del testimonio de la(s) escritura(s) pública(s) que contenga(n) el acta constitutiva y sus principales reformas, misma(s) que deberá(n) contener los datos de inscripción en el Registro Público correspondiente.

c. Copia del testimonio de la escritura pública o, en su defecto, copia de los estados financieros al 31 de diciembre de 2004 auditados y dictaminados, con el que la empresa solicitante acredite contar con el capital social pagado actualizado a que se refiere el artículo 16 fracción II de la Ley Aduanera.

d. Copia de la cédula de identificación fiscal.

e. Estados financieros del año 2004 auditados y dictaminados, e internos de 2005.

f. Carta en la que el representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

g. Carta en la que el representante legal manifieste, bajo protesta de decir verdad, que el capital social pagado de su representada, no ha sido disminuido con posterioridad a la fecha del documento con el que haya acreditado el cumplimiento del requisito establecido en el inciso c) de esta convocatoria.

h. Identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal de la empresa solicitante.

i. Copia del poder notarial del representante legal de la solicitante, en el que acredite tener facultades generales para actos de administración.

j. Curriculum de la solicitante donde manifieste su experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios similares a los que se pretende autorizar en esta convocatoria.

k. Copia de al menos tres contratos de prestación de servicios similares a los señalados en esta convocatoria, debidamente firmados por las partes, celebrados por la persona moral interesada en obtener el Título de Autorización a que se refiere la presente convocatoria, con los que compruebe la experiencia de al menos cinco años prestando servicios similares a los solicitados en esta convocatoria; dos de los contratos deberán haber sido celebrados en los últimos cinco años y otro haber sido celebrado hace cinco años o más.

l. Carta en la que el representante legal declare bajo protesta de decir verdad, que su representada cumple con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

m. Carta en la que el representante legal declare bajo protesta de decir verdad, que su representada no se encuentra inhabilitada para contratar con las dependencias, entidades, organismos descentralizados y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República
y gobiernos estatales, ni que por su conducto participan personas físicas o morales, que se encuentren en dicho supuesto.

Las empresas interesadas en obtener un Título de Autorización para prestarle al SAT los servicios descritos en la presente convocatoria, podrán presentar su documentación a partir del día de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 11 de abril de 2006, inclusive, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, debiendo entregar todos y cada uno de los documentos antes solicitados.

El procedimiento para el otorgamiento de los títulos de autorización a que se refiere esta convocatoria será de la siguiente forma:

1. Entregada la documentación, se realizará por el área competente, la revisión cuantitativa.

2. En el supuesto de que cumpla, se remitirá la documentación al área requirente del servicio, para la evaluación cualitativa de la documentación. En ambos casos se emitirá un dictamen por el área respectiva.

3. En el supuesto de que la interesada cumpla con estas dos etapas, se emitirá el Título de Autorización correspondiente.

4. En el caso de que la interesada hubiere omitido alguno de los requisitos contenidos en esta convocatoria, podrá presentar el total de su documentación nuevamente hasta el 11 de abril de 2006, para una nueva revisión. Se aclara que no habrá prórrogas.

La entrega de documentación se llevará a cabo en la Administración de Contratos, sita en calle Sinaloa número 43, piso 1, colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, México, D.F., a la atención del licenciado Roberto Ramírez de la Parra, Administrador Central de Apoyo Jurídico de la Administración General de Innovación y Calidad; la entrega de los títulos de autorización, se llevará a cabo previa cita al teléfono 9158-9080.

Con el objeto de aclarar posibles dudas, se podrán consultar las preguntas frecuentes en la página electrónica del SAT: www.sat.gob.mx, en la sección “Transparencia” en la subsección “13.- Adquisiciones, licitaciones y contratos”, “Títulos de Autorización (artículo 16 de la Ley Aduanera)”, “preguntas frecuentes”, en caso de que no se aclare la duda podrá formular preguntas mediante correo electrónico a la siguiente dirección: titulos@sat.gob.mx.

El otorgamiento o no otorgamiento del Título de Autorización deberá ser consultado en la página de Internet del SAT antes señalada, en la subsección “Otorgamiento de Títulos”, quince días naturales posteriores a la admisión de la documentación presentada por los interesados.

Los documentos solicitados en original deberán contener la firma autógrafa del representante legal de la empresa solicitante; los documentos solicitados en copia deberán contar con la rúbrica de dicho representante legal y se acompañarán del original o de la copia certificada correspondiente para su cotejo.

Todos los documentos que se presenten deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras, excepto por los contratos, los cuales podrán estar en idioma diferente al español, en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español.

Efectos y alcances del Título de Autorización.

Los títulos de autorización que se otorguen de conformidad con la presente convocatoria, no eximen a los autorizados de la obligación de sujetarse al o los procedimientos de contratación que se instrumenten para la prestación de los servicios motivo de la presente convocatoria; por lo que el SAT no estará obligado a contratar los servicios con todos los tenedores de los títulos, sino sólo con aquellos a quienes se adjudique el contrato en términos de las disposiciones legales en materia de adquisiciones u obra pública, según sea el caso.

El SAT, en los términos de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de adquisiciones u obra pública, según sea el caso, requerirá que los licitantes cuenten con el Título de Autorización correspondiente, en el o los procesos de contratación de servicios que lleve a cabo.

México, D.F., a 14 de febrero de 2006.
El Administrador General de Innovación y Calidad del Servicio de Administración Tributaria

Ing. Juan José Bravo Moisés

Por ausencia del Administrador General de Innovación y Calidad, del Administrador Central de
Recursos Financieros, del Administrador Central de Recursos Humanos, del Administrador Central
de Recursos Materiales y Servicios Generales, con fundamento en los artículos 2 y 8 segundo párrafo,
en concordancia con el 28 fracción L del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 6 de junio de 2005, firma en suplencia,
el Administrador Central de Apoyo Jurídico

Lic. Roberto Ramírez de la Parra
Rúbrica.

(R.- 225759)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Servicio de Administración Tributaria

Administración General de Innovación y Calidad

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA OBTENER TITULOS DE AUTORIZACION
A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16 DE LA LEY ADUANERA
No. SAT. AGIC-003/2006

Con fundamento en los artículos 16 de la Ley Aduanera y 3 transitorio de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, este último publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre
de 1995, 28 fracción L del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2005, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ha decidido autorizar en términos del precepto citado en primer lugar los servicios que más adelante se precisan, por lo cual convoca a las personas morales interesadas en obtener un Título de Autorización para prestar al SAT los servicios que a continuación se describen

Servicios de Infraestructura Técnico Administrativa/Supervisión (SIS):

El SAT requiere servicios de infraestructura técnico administrativa para la supervisión de la ejecución de obras en todas sus fases, necesarios para proporcionar las instalaciones adecuadas para la operación de las funciones sustantivas del SAT en los diversos inmuebles a nivel nacional.

Los interesados deberán tener experiencia, a nivel nacional, en la asistencia técnico-administrativa en procesos de ejecución de proyectos de remodelación y obra nueva en inmuebles; consistiendo dicha asistencia técnico-administrativa en la emisión de reportes de avance de las obras y control de calidad, análisis de los programas de ejecución de trabajo, de suministros de materiales, maquinaria, equipos, instrumentos y accesorios de instalación permanente, revisión de estimaciones de obra, verificación de la debida terminación de los trabajos en costo y plazos establecidos, integración de los archivos derivados de la realización de los trabajos, y las demás actividades que deriven de la ejecución de las obras en todas sus fases.

REQUISITOS

Los interesados en obtener un Título de Autorización deberán cumplir, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Aduanera con los siguientes requisitos:

I. Tener cinco años de experiencia, prestando los servicios que se vayan a autorizar.

II. Tener un capital social pagado de por lo menos $1’373,988.00 M.N. (actualizado de conformidad con el anexo 2 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2005).

III. Cumplir con los requisitos de procedimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca en la convocatoria que para estos efectos publique en el Diario Oficial de la Federación.

De conformidad con la fracción III del artículo 16 de la Ley Aduanera, se fijan como requisitos de procedimiento que los interesados deben cumplir, el entregar la documentación que se detalla a continuación:

a. Carta en papel membretado de la empresa solicitante, en la cual el apoderado legal manifieste el interés de su representada en obtener el Título de Autorización motivo de esta convocatoria, debiendo indicar el número de convocatoria y el tipo de servicios; así como su domicilio para oír y recibir notificaciones.

b. Copia del testimonio de la(s) escritura(s) pública(s) que contenga(n) el acta constitutiva y sus principales reformas, misma(s) que deberá(n) contener los datos de inscripción en el Registro Público correspondiente.

c. Copia del testimonio de la escritura pública o, en su defecto, copia de los estados financieros al 31 de diciembre de 2004 auditados y dictaminados, documento con el que la empresa solicitante acredite contar con el capital social pagado actualizado a que se refiere el artículo 16 fracción II de la Ley Aduanera.

d. Copia de la cédula de identificación fiscal.

e. Estados financieros del año 2004 auditados y dictaminados, e internos de 2005.

f. Carta en la que el representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

g. Carta en la que el representante legal manifieste, bajo protesta de decir verdad, que el capital social pagado de su representada, no ha sido disminuido con posterioridad a la fecha del documento con el que haya acreditado el cumplimiento del requisito establecido en el inciso c) de esta convocatoria.

h. Identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal de la empresa solicitante.

i. Copia del poder notarial del representante legal de la solicitante, en el que acredite tener facultades generales para actos de administración.

j. Curriculum de la solicitante, donde manifieste su experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios similares a los que se pretende autorizar en esta convocatoria.

k. Copia de al menos tres contratos de prestación de servicios similares a los señalados en esta convocatoria, debidamente firmados por las partes, celebrados por la persona moral interesada en obtener el Título de Autorización a que se refiere la presente convocatoria, con los que compruebe la experiencia de al menos cinco años prestando servicios similares a los solicitados en esta convocatoria; dos de los contratos deberán haber sido celebrados en los últimos cinco años y otro haber sido celebrado hace cinco años o más.

l. Carta en la que el representante legal declare bajo protesta de decir verdad, que su representada cumple con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

m. Carta en la que el representante legal declare bajo protesta de decir verdad, que su representada no se encuentra inhabilitada para contratar con las dependencias, entidades, organismos descentralizados y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República y gobiernos estatales, ni que por su conducto participan personas físicas o morales, que se encuentren en dicho supuesto.

Las empresas interesadas en obtener un Título de Autorización para prestarle al SAT los servicios descritos en la presente convocatoria, podrán presentar su documentación a partir del día de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 11 de abril de 2006, inclusive, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, debiendo entregar todos y cada uno de los documentos antes solicitados.

El procedimiento para el otorgamiento de los títulos de autorización a que se refiere esta convocatoria será de la siguiente forma:

1. Entregada la documentación, se realizará por el área competente, la revisión cuantitativa.

2. En el supuesto de que cumpla, se remitirá la documentación al área requirente del servicio, para la evaluación cualitativa de la documentación. En ambos casos se emitirá un dictamen por el área respectiva.

3. En el supuesto de que la interesada cumpla con estas dos etapas, se emitirá el Título de Autorización correspondiente.

4. En el caso de que la interesada hubiere omitido alguno de los requisitos contenidos en esta convocatoria, podrá presentar el total de su documentación nuevamente hasta el 11 de abril de 2006, para una nueva revisión. Se aclara que no habrá prórrogas.

La entrega de documentación se llevará a cabo en la Administración de Contratos, sita en calle Sinaloa número 43, piso 1, colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, México, D.F., a la atención del licenciado Roberto Ramírez de la Parra, Administrador Central de Apoyo Jurídico de la Administración General de Innovación y Calidad; la entrega de los títulos de autorización, se llevará a cabo previa cita al teléfono 9158-9080.

Con el objeto de aclarar posibles dudas, se podrán consultar las preguntas frecuentes en la página electrónica del SAT: www.sat.gob.mx, en la sección “Transparencia” en la subsección “13.- Adquisiciones, licitaciones y contratos”, “Títulos de Autorización (artículo 16 de la Ley Aduanera)”, “preguntas frecuentes”, en caso de que no se aclare la duda podrá formular preguntas mediante correo electrónico a la siguiente dirección: titulos@sat.gob.mx.

El otorgamiento o no otorgamiento del Título de Autorización deberá ser consultado en la página de Internet del SAT antes señalada, en la subsección “Otorgamiento de Títulos”, quince días naturales posteriores a la admisión de la documentación presentada por los interesados.

Los documentos solicitados en original deberán contener la firma autógrafa del representante legal de la empresa solicitante; los documentos solicitados en copia deberán contar con la rúbrica de dicho representante legal y se acompañarán del original o de la copia certificada correspondiente para su cotejo.

Todos los documentos que se presenten deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras, excepto por los contratos, los cuales podrán estar en idioma diferente al español, en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español.

Efectos y alcances del Título de Autorización.

Los títulos de autorización que se otorguen de conformidad con la presente convocatoria, no eximen a los autorizados de la obligación de sujetarse al o los procedimientos de contratación que se instrumenten para la prestación de los servicios motivo de la presente convocatoria; por lo que el SAT no estará obligado a contratar los servicios con todos los tenedores de los títulos, sino sólo con aquellos a quienes se adjudique el contrato en términos de las disposiciones legales en materia de adquisiciones u obra pública, según sea el caso.

El SAT, en los términos de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de adquisiciones u obra pública, según sea el caso, requerirá que los licitantes cuenten con el Título de Autorización correspondiente, en el o los procesos de contratación de servicios que lleve a cabo.

México, D.F., a 14 de febrero de 2006.
El Administrador General de Innovación y Calidad del Servicio de Administración Tributaria

Ing. Juan José Bravo Moisés

Por ausencia del Administrador General de Innovación y Calidad, del Administrador Central de
Recursos Financieros, del Administrador Central de Recursos Humanos, del Administrador Central
de Recursos Materiales y Servicios Generales, con fundamento en los artículos 2 y 8 segundo párrafo,
en concordancia con el 28 fracción L del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 6 de junio de 2005, firma en suplencia,
el Administrador Central de Apoyo Jurídico

Lic. Roberto Ramírez de la Parra
Rúbrica.

(R.- 225763)